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sábado, 26 de junio de 2010

La fiebre del oro: Peter Munk, Cristina Fernández Wilhelm, y Timerman (el hijo de Jacobo)

Algo está muy distorsionado en la Argentina, UN NEGOCIO DE 29 MIL MILLONES DE DOLARES................

La presidenta Cristina Kirchner se reunirá este mediodía en Canadá, donde participa de la cumbre del G-20, con una quincena de empresarios canadienses para invitarlos a invertir en sus proyectos mineros e hidrocarburíferos en la Argentina. Link

Durante una conferencia de prensa, el ministro de Relaciones Exteriores Hector Timerman defendió ayer los estándares de cuidado de medio ambiental en relación a la actividad minera, ante las protestas de ambientales en algunos proyectos, incluso los que poseen la Barrick Gold en el país.

"Yo he analizado el tema medioambiental en el G-20 y les puedo decir que la Argentina es un ejemplo del cuidado medioambiental en comparación con las naciones más avanzadas", acotó Hector Timerman.

El gobernador de San Juan, José Luis Gioja, enfatizó en que, para Canadá, "la minería es la columna vertebral de su desarrollo".

El mandatario provincial de La Rioja, Luis Beder Herrera, tiene expectativas con abrir nuevos contactos con empresarios del sector minero y aclaró que está abierto "a cualquier tipo de minería siempre y cuando no contamine el medio ambiente".

Por otra parte, el gobernador de Santiago del Estero, Gerardo Zamora, busca seducir inversiones en el área de hidrocarburos y biodiesel.

La Presidente tiene previsto reunirse con el primer ministro canadiense, Stephen Harper, poco después de que se inicie oficialmente la cumbre.

27/02/2008 Depredación minera de la Argentina: San Juan de pie contra el saqueo

La resistencia social al modelo de explotación minera no sustentable se reproduce a ambos lados de la cordillera de los Andes. Miles de voces disidentes intentan perforar el muro construido por gobernantes y multinacionales.

La reunión fue promovida desde la cancillería. Este hecho produjo un corto circuito entre algunas organizaciones que cuestionaron la participación de sectores ligados al kirchnerismo y no fueron. Silvia Ferreira, de la organización, recordó que esta idea "nació en una Cumbre de los Pueblos realizada en Chile. Durante 2007, hubo 12 encuentros y vimos la necesidad de juntarnos aquí, donde hay más de 180 proyectos en carpeta y nos pareció importante darle visibilidad al problema e interesar a algunos diputados".

Precisamente, Cecilia Merchán y Ariel Basteiro, miembros del bloque Encuentro Popular y Social, participaron de la reunión. "Estamos a disposición de las organizaciones que ya vienen trabajando. Además, sabemos que hacen falta nuevas leyes para transformar el país", expresó Merchán. "Creo que haber terminado con un documento conjunto y un plan de trabajo es algo espectacular. Mi compromiso es trabajar con las organizaciones y en el congreso poder iniciar el debate sobre todos los recursos naturales", agregó.

Basteiro por su parte afirmó que "los intereses económicos no pueden ser superiores a la vida de la gente. Por eso es importante participar en este encuentro y luego traducirlo en un proyecto de ley". Link

Malas alianzas las de mi pueblo
Bajo toda evidencia, las relaciones de fuerzas han cambiado en Diputados y esto es difícil de aceptar para quienes durante los últimos cinco años detentaron la capacidad de hacer aprobar –con distintos esquemas de alianzas en cada ocasión– la gran mayoría de las leyes que promovieran. Incluso lograron, como en el caso del veto presidencial a la Ley de Protección de Glaciares, que los mismos legisladores que la votaron casi por unanimidad en ambas Cámaras levantaran poco después sus manos para...

.....................aceptar el veto. (Link con el texto del proyecto de ley Link con los nombres de los diputados que apoyaron el veto)

Tal vez la derrota haga referencia a que el diputado Gioja no continuará siendo presidente de la Comisión de Minería de Diputados, lo que le permitía actuar en conjunto con su hermano el senador Gioja, presidente de la Comisión de Minería del Senado, a fin de favorecer los negocios de su otro hermano el gobernador Gioja de San Juan con la Barrick Gold en la aberrante explotación minera a cielo abierto con cianuro y uso descomunal de agua potable: una irresponsable depredación avalada por el veto a la Ley de Protección de Glaciares. Es posible también que se considere una derrota el hecho de que alguien como Solanas pueda ser presidente de la Comisión de Energía y Combustibles, dada su histórica posición sobre el saqueo de nuestras riquezas: todavía tiene en las piernas cicatrices del atentado de 1991, cuando comenzó a denunciar ese saqueo. Debido a la coincidencia puntual acerca de las reglas de juego, se acusa a Proyecto Sur de haberse aliado con la derecha, pero no se le cuestiona al oficialismo su más profunda alianza con la derecha en casos anteriores ni tampoco su reciente alianza con la derecha para votar conjuntamente a favor de un canje de la deuda que permita honrar los reclamos de los Fondos Buitre y regresar sin gloria al FMI.

Proyecto Sur apoyó al oficialismo en determinadas leyes –la estatización de Aerolíneas Argentinas y de las AFJP, la ley de medios audiovisuales– aunque debemos reconocer que en todos los casos después hubo una trampa: los acuerdos de compra de Marsans con Airbus en vez de reconstruir la industria aeronáutica nacional; la utilización de los fondos de ANSeS para otorgar un préstamo a la General Motors o la compra de bonos, antes de pagar las deudas de ese organismo con los jubilados o instaurar el 82 por ciento móvil; la compulsión impuesta en el tratamiento de la ley de medios. No tocamos el tema de la Ley de Reforma Política y su veloz aprobación en el Senado. Entrevista a Bonasso, El diputado que impulsó la ley

¿Qué es lo que está en juego?

El agua. Para mí no hay nada más importante que el agua. Los glaciares son una reserva de agua congelada sumamente importante, al igual que las zonas periglaciares que alimentan las cuencas de los ríos que van de la Cordillera al Atlántico. Las reservas de agua son estreégicas porque es un recurso escaso. Hay poca agua. Es un problema nacional y mundial que excede los intereses de una provincia. Además, en términos institucionales, ningún foro es más importante que el Congreso de la Nación. El foro de la democracia es el Parlamento. Y es ahí donde se debe discutir la ley y el que le da ese peso. Así que el argumento de Rossi constituye una falta de respeto hacia el Congreso

Evidentemente hay gente del oficialismo que ha votado acorde a su conciencia y en contra de intereses subalternos. Y espero que sean más porque voy a insistir en el tema. Hay que lograr un gran movimiento de opinión pública que defienda los glaciares, y el agua como elemento central. Porque el agua es la vida.

Una de las personas que más apoyaban esta ley era la ex ministra de Medio Ambiente, Romina Picolotti…

Sí, pero a mi juicio cometió el error de hacer la primera reunión del foro del que hablaba Rossi. Se fue sin pena ni gloria. No resistió la ley. La usaron para iniciar el foro y después la despidieron. A las 24 horas fue cesanteada.

¿Cuáles son los pasos a seguir para insistir parlamentariamente?

Vamos a estudiar cuál es el mecanismo reglamentario más adecuado para lograr el apoyo más grande de la sociedad y la posibilidad de insistir con esta ley porque es valiosa. Este proyecto no es mío, pero salió la Comisión de Ambiente que presido. Es de Marta Maffei del Ari, que ya terminó su mandato legislativo. Hay que remarcar que esta ley tuvo el asesoramiento científicoy técnico del Instituto Nacional de Glaciología y temas afines que están vinculadas al Conicet. O sea que estamos hablando de las máximas autoridades científicas del país. Es una ley muy sólida. Y hubo una posición muy firme de apoyo por parte del presidente del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI), Enrique Martínez, que dijo que era el veto de la Barrick Gold, la empresa canadiense que tiene intereses en la provincia de San Juan. Todas ONGs ambientalistas, las sociedades particularmente perjudicadas por actividades sobre los glaciares, están claramente a favor de la ley. Link

miércoles, 19 de mayo de 2010

Pueblos originarios: Territorialidad y saqueo

Representantes de las comunidades Aimaras, Kollas, Guaraníes, Calchaquíes, Qom, Pilagás, Wichis, Tobas y Diaguitas pasaron ayer por la ciudad de Rosario y hoy llegarán a Buenos Aires. "Mirémonos la cara, somos todos iguales", dijo Milagro Sala, de Tupac Amaru.

La "Marcha de los Pueblos Originarios, Caminando por la verdad hacia un Estado Plurinacional" pasó ayer por Rosario, penúltima parada de un largo viaje que culminará mañana en Buenos Aires. Unos ocho mil integrantes de las columnas NOA y NEA se concentraron en el parque Irigoyen, donde está emplazado el monumento al "Che" Guevara, para escuchar a los representantes de las comunidades. Todos los oradores revindicaron a la referente nacional de la Organización Barrial Tupac Amaru, Milagro Sala....

Tras siete días de marcha que atravesó Misiones, Corrientes, Chaco, Formosa, Jujuy, Salta, Tucumán, Santiago del Estero, Córdoba, Santa Fe, Mendoza, Neuquén, Río Negro y Buenos Aires, representantes de las comunidades Aimaras, Kollas, Guaraníes, Calchaquíes, Qom, Pilagás, Wichis, Tobas y Diaguitas llegaron ayer a Rosario....

David fue el encargado de leer un documento elaborado hace un año, que sintetiza el reclamo de los Pueblos Originarios: Reparación territorial, reglamentación del consentimiento libre previo informado, recuperación cultural educativa, y recuperación económica. "Que se garantice la Pachamama, la intangibilidad de los glaciares, debe darse de baja el código minero, que es la muerte de todas las comunidades indígenas", pidió el representante de la comunidad Kolla....
Se refirió, también, a la expectativa de las comunidades que mañana llegarán a Buenos Aires. "Esperamos que nos vaya bien, venimos 8 días caminando, teniendo frío, entre lluvias, por eso esperamos que nos den una buena recepción. Y que nos tengan en cuenta para el Bicentenario, han nombrado muchas historias, menos la nuestra".

La referente nacional de la Tupac Amaru agregó: "Está bien si ellos quieren nombrar a San Martín, a Belgrano, a Roca, pero no se olviden de Tupac Amaru y de todos los hermanos que dieron la vida por defender nuestra tierra, cuando no había fronteras, ni división"..

La vida de un reclamo latente......Simplemente vida

¿Cómo se encontraron las multinacionales mineras con todas las facilidades para venir a la Argentina, llevarse todos los metales y minerales posibles y además, después del saqueo, dejar un tendal de contaminación y envenenamiento en todos los lugares explotados?. Sencillamente gracias a una más de las entregas del patrimonio del país que alegremente, bajo el pretexto de “privatizar todo para un mejor servicio”, hicieron, desde 1990, el ex presidente Carlos Menem y su séquito de funcionarios piratas. En ese año y a partir de una propuesta (cuándo no) del Banco Mundial, el entonces ministro Alberto Kohan y los senadores José Luis Gioja, de San Juan, y Angel Maza, de La Rioja, impulsaron junto al titular del ministerio de Economía, Domingo Cavallo, la aprobación de las leyes que rigen la minería en gran escala. Fue el lanzamiento de la llamada “megaminería”, a la cual se le dio más trascendencia que a la producción y explotación de los productos más tradicionales del país. Algo que al día de hoy –pese a sus ataques verbales contra aquel a quien una vez, como gobernador de Santa Cruz, definió como “el mejor presidente argentino”- hace sentir orgulloso al ex-presidente Néstor Kirchner, quien se ha enrolado también enfáticamente en la preeminencia de este rubro por sobre todo otro emprendimiento. Como así también la actual presidenta y compañia (otro link, denuncia de asociación ilícita)
Además, estos “cerebros” descartaron por completo el estímulo a una industria minera propia. ¿Qué mejor que vengan las grandes multinacionales del sector, hagan todo el trabajo, se lleven lo que quieran y nos dejen algunas regalías, sin tener que transpirar para nada?. Sin embargo, se les fue la mano en cuanto a las facilidades otorgadas a esas empresas.
Para comenzar, hay cuatro puntos que los negociadores de las mineras y los funcionarios que impulsaron esas leyes se cuidaron muy bien de garantizar: la inhibición total del Estado argentino para explotar yacimientos; un régimen especial para las inversiones mineras, que limita a las provincias el monto de regalías a pagar por estas empresas y que las exime del pago de impuestos provinciales y municipales; la firma de un tratado con Chile que tenga primacía sobre las leyes nacionales en los territorios a explotar, y cabe acotar que las mineras ya habían identificado los mayores yacimientos ubicados sobre la Cordillera de los Andes, desde Jujuy hasta Santa Cruz; y el marco legal que garantiza a las mineras todos estos beneficios por 30 años, sin que nadie pueda cambiarles las reglas, salvo que un eventual cambio sea sólo a favor de las empresas.
En pocos años se firmó el tratado con Chile -que también se embarcó en esto de dar todas las facilidades a las multinacionales mineras y su población aledaña a los yacimientos ya está pagando las consecuencias-, y en 1993 se sancionó la Ley 24.196 de Inversiones Mineras, que permitió la instalación de esas multinacionales en el país en condiciones absolutamente permisivas, como por ejemplo: exenciones del Impuesto a las Ganancias, del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, del Impuesto a los Activos y a la Ley de Sellos; exención de los derechos de importación y estadística de los equipos, maquinarias, repuestos y accesorios destinados a la explotación; acceso al pago de reintegros por exportaciones no tradicionales, con reintegro adicional por exportaciones a través de puertos patagónicos; devolución del IVA por las exportaciones realizadas; y el hecho de que los emprendimientos mineros gozarán de “estabilidad fiscal”, significando lisa y llanamente que ninguna ley o decreto podrá modificar en el futuro la situación impositiva existente.
Otra de las facilidades otorgadas a estas multinacionales es que tienen “paso libre”: las mineras no deben pasar por las Aduanas y únicamente deben presentar una declaración jurada. Vale decir que pueden entrar o sacar lo que se les ocurra, ya sea en lingotes producidos o quién sabe qué, algo que pueden tranquilamente inventar en sus declaraciones juradas. Y por si fuera poco, son favorecidas por el beneficio de libre disponibilidad de las divisas, sistema avalado por el propio presidente Kirchner, mediante el cual los dólares que ganen no deben ser liquidados en el Banco Central, como están obligados a hacer todos los productores y exportadores del país, pudiendo liquidarlos sólo en el exterior, con lo cual tampoco sobre esto existe algún tipo de control.
Y después de tantas concesiones totales y absolutas para las multinacionales mineras, cabe preguntarse cuál será el “beneficio económico para el país” tan proclamado por gobernantes y funcionarios. Este supuesto beneficio radica solamente en las regalías que deben pagarle al país las empresas mineras. A tal efecto se estipuló que esas regalías alcanzarían a un “generoso” tres por ciento. Pero el artículo 22 de la Ley 24.196 dice que de ese porcentaje deben deducirse los costos de transporte, fletes, seguros, comercialización, administración, refinación, fundición y molienda. Por esa razón, las tan beneficiadas empresas mineras terminan pagando menos del uno por ciento. Algo que ni siquiera puede ser considerado una limosna, habida cuenta que las multinacionales se llevan miles de millones de intocables dólares de ganancia. Con el agregado, además, de que la Argentina deberá luego importar el oro o cualquier otro metal que fue extraído de su suelo.
Todas estas maravillas que nos traen las multinacionales mineras deben ser agradecidas, como se dijo, a cómplices como Carlos Menem, el ex presidente que transitó por otra década infame; a su ex ministro, luego secretario general de la Presidencia y también geólogo Alberto Kohan; al hipócrita fabricante de más deuda externa y ex ministro de Economía, Domingo Cavallo; al ex senador y gobernador de la provincia de La Rioja, también geólogo y asociado a las multinacionales Angel Maza; al ex senador y actual gobernador de la provincia de San Juan, José Luis Gioja, también asociado a las mineras junto a sus hermanos a través de la mina Santa Gema Bentonita, de su propiedad, controlador de las Comisiones de Minería de las Cámaras de Diputados y Senadores y, para más detalles, mentor de un sistema de control de medios y de represión que pretende ahogar todo atisbo de reacción o protesta vecinal contra la instalación de las multinacionales mineras en las cercanías de sus poblaciones; al resto de los gobernadores y funcionarios provinciales que están otorgando discrecionalmente permisos de cateo a más multinacionales del sector; al secretario de Minería, Jorge Mayoral; y al actual presidente Néstor Kirchner, antiguo amasador de fortuna durante sus distintas gestiones políticas en Santa Cruz y persistente entregador del suelo nacional, con todas las consecuencias que ello implica, en aras de la nueva panacea argentina: la megaminería.
Una sombra que extiende cada vez más su manto, cubriendo montañas y glaciares que pretendían ser eternos, parques nacionales, maravillas arqueológicas, biosferas, reservas ecológicas, cursos de agua y en especial todo lo que a ello rodea y de lo cual se nutre: vida. Simplemente vida. www.ecoportal.net

domingo, 25 de abril de 2010

"Por un socialismo en armonía con la madre tierra"

INGENIERÍA LEGAL DEL SAQUEO

No se si estan enterados, pero nuestro pais, una vez mas esta siendo saqueado por multinacionales extranjeras, pero esta vez no se trata de una enorme M dorada que lo unico que logra es subir nuestro rango de colesterol en sangre, esta vez el tema es un poco mas serio...hay pueblos envenenados, desterrados, hay familias completamente enfermas, hay pueblos enteros pagando en sus impuestos infraestructura para las mineras, hay sitios declarados por la UNESCO como patrimonio de la humanidad que estan siendo destrozados, demolidos, descuartizados por el solo hecho de estar cerca o sobre yacimientos mineros

Por Javier Alamino Naranjo DIARIOLIBRE.info

Con este conjunto de normas jurídicas las transnacionales se apropian pacíficamente de nuestros recursos naturales sin necesitar del uso de la fuerza.

CODIGO MINERO

Art. 7 “Las minas son bienes privados de la Nación o de las provincias según el territorio donde se encuentren.”

Art. 8 “Con sédese a los particulares la facultad de buscar minas, de aprovecharlas y disponer de ellas como dueños, con arreglo a las prescripciones de este código.”

Art. 9 “El Estado no puede explotar ni disponer de las minas, sino en los casos expresados en esta ley.

Art. 10 “Sin perjuicio del dominio originario del Estado reconocido por el Art. 7, la propiedad particular de las minas se establece por la concesión.”

Se desprende de dichos artículos que el Estado es dueño de las minas, al solo efecto de entregarlas en propiedad a los particulares, mediante la concesión legal, no pudiendo explorarlas ni explotarlas (Manual de Derecho Minero, Miguel Ernesto Novoa). Es lo que la Doctrina denomina dominio “Minero”. Los eruditos del Derecho utilizan el mismo argumento que utilizaban hace 122 años cuando se sanciono el código minero (parece que son nostálgicos los doctrinarios) para explicar la imposibilidad del Estado de explotar sus propios yacimientos Sostiene Mariano Ramírez en su obra “Derecho Minero”, Pág. 90 que “ESTA RECONOCIDO QUE EL ESTADO NO ES EL MEJOR MINERO, PARA UN NEGOCIO EN EL QUE NO ES POSIBLE CALCULAR LOS GASTOS, NI ASEGURAR LA PRODUCCION, NO SOLO SERA MAL EXPLOTADOR SINO QUE SE VERIA EXPUESTO A VARIAS PERDIDAS Y PERJUICIOS…LOS NEGOCIOS DE AZAR NO SON PARA EL ESTADO…” ; claro no dicen que los métodos de explotación y exploración han cambiado un poquito en estos 122 años ni que hoy se puede saber con bastante certeza cuantas onzas de oro hay y si es o no rentable explotarlas.

Este derecho de dominio que tiene el estado no tiene las características del derecho de dominio privado clásico, es decir no encontramos el ius utendi (derecho de usar la cosa), ius fruendi (derecho a percibir los frutos) y el ius abutendi (derecho a abusar de la cosa) aunque este último se encuentra limitado en la legislación moderna por un uso regular.

Tampoco estamos en presencia de un dominio publico, caracterizado este por ser imprescriptible e inalienable, lo que impediría a los particulares adquirir el dominio por concesión.

Dicho con otras palabras, si el Estado hoy decidiera explotar por si las minas no podría hacerlo ya que su legislación no se lo permita, debería para ello modificar el código de minería.

Personalmente considero que este sistema de “dominio minero” establecido en el código minero es inconstitucional por violar el articulo 124 de la Constitución Nacional, el que establece el dominio originario de los recursos naturales en favor de las provincias, todo ello habida cuenta que ese dominio consagrado constitucionalmente resulta desmembrado al prohibirle al estado provincial extraer las sustancias y obligarlo a entregarlas en concesión a particulares quienes adquieren la propiedad de la mina conforme el articulo 10 del código minero. Dicho de otra manera, la Constitución (ley suprema) establece el DOMINIO ORIGINARIO de los recursos naturales en cabeza de la provincia, mientras que el código de minería (ley inferior a la constitución) establece que ese dominio lo tiene al solo efecto de entregar los recursos a un particular el que adquiere el verdadero “derecho de propiedad”. La provincia como dueña de sus recursos naturales debería poder decidir si explota por si un yacimiento minero o lo entrega en concesión.

PACTO FEDERAL MINERO

El pacto federal minero fue celebrado por la mayoría de las provincias y el poder ejecutivo de la nación a cargo del Dr. Menem, entre los gobernadores que firmaron el pacto se encontraba el ahora ex presidente Néstor Kirchner, en aquel momento gobernador de Santa Cruz y Eduardo Duhalde, gobernador de Buenos Aires. Este pacto celebrado para conseguir la atracción de capitales extranjeros (vaya si lo logro) fue convertido en ley por la 24.228.

Algunas de sus cláusulas disponen lo siguiente

Séptima “Ninguna ley o disposición de cualquier carácter dictada por la Nación, las provincias o las municipalidades, podrá contradecir los términos del articulo 214 del código de minería en lo que respecta la exención fiscal aplicable a la actividad minera”.

El Art. 214 del código minero establece que no se impondrá sobre la propiedad de la mina durante los cinco primeros años de la concesión ningún gravamen o impuesto, cualquiera sea su denominación u origen jurisdiccional.

Novena “Las provincias propiciaran la eliminación de aquellos gravámenes y tasas municipales que afecten directamente la actividad minera.”

Décima”En correspondencia con las medidas adoptadas por la Nación, las provincias propiciaran la eliminación del impuesto de sellos para todos aquellos actos jurídicos relacionados con la prospección, exploración, explotación y beneficio de sustancias minerales, con excepción de hidrocarburos sólidos, líquidos y gaseosos.

Décima Primera”El Estado Nacional y las provincias tomaran las medidas necesarias para evitar distorsiones en las tarifas de energía eléctrica, gas, combustible y transporte que pudieran afectar la actividad minera.”

LEY DE INVERSIONES MINERAS (24.196)

Esta ley fue la consecuencia del pacto federal minero, el Art. 4 de la presente establece que las provincias tienen libertad para adherirse o no a la misma por medio del dictado de una ley provincial (Art. 4). San Juan como el 95% de las provincias se encuentra adheridas a la ley.

1) ESTABILIDAD FISCAL Y CAMBIARIA

Art. 8“Los emprendimientos mineros comprendidos en el presente régimen gozaran de estabilidad fiscal por el termino de treinta (30) años contados a partir de la fecha de presentación de su estudio de factibilidad.

La estabilidad significa que las empresas que desarrollen actividades mineras en el marco del presente régimen de inversiones no podrán ver afectada en mas la carga tributaria total, determinada al momento de la presentación, como consecuencias de aumentos en las contribuciones impositivas y tasas, cualquiera fuese su denominación, en el ámbito nacional, provincial y municipal, que adhieran y obren de acuerdo al articulo 4”.

“Lo dispuesto en el presente articulo será también aplicable a los régimen cambiario y arancelario(...)

A cualquier ciudadano argentino le pueden subir los impuestos, las tasas y las contribuciones, a las mineras no.

Art. 11 “Cualquier alteración al principio de estabilidad fiscal, enunciado en el presente titulo, por parte de las provincias y municipios, que adhieran a esta ley dará derecho a los inscriptos perjudicados a reclamar ante las autoridades nacionales o provinciales, según correspondiera, que se retengan de los fondos coparticipables”

En este articulo se establece una metodología que funciona como cláusula de garantía, evitándole al inversor recurrir a la justicia en los casos de incumplimiento de lo dispuesto en el articulo 8, permitiéndole repetir los pagos realizados en exceso a través de la vía administrativa.

2) CONSERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE

Art. 23 Primer párrafo “ A los efectos de prevenir y subsanar las alteraciones que en el medio ambiente pueda ocasionar la actividad minera, las empresas deberán constituir una previsión especial para tal fin. La fijación del importe anual de dicha previsión quedara a criterio de la empresa (?), Pero se considerara como cargo deducible en la determinación del impuesto a las ganancias, hasta una suma equivalente al cinco por ciento de los costos operativos de extracción y beneficio.

Lo que las empresas gastaron en remediar los daños que ellas provocaron (suponiendo que el medio ambiente se puede reparar), se les descuenta del impuesto a las ganancias, con lo cual el daño es gratuito. Además obsérvese que la previsión del fondo para subsanar el medio ambiente queda a criterio de la empresa.

3) REGALIAS

Art.22 “Las provincias que adhieran al régimen de la presente ley y que perciban regalías o decidan percibir, no podrán cobrar un porcentaje superior al tres por ciento (3%) sobre el valor boca de mina del mineral extraído”

El antecedente de las regalías lo encontramos en el antiguo derecho español, concretamente en el código de las siete partidas de Alfonso El Sabio. Es en la partida Nº 5m, Tit. XV, P.H.- Cuando se fijan los derechos a pagar a la corona, se distingue entre aquellas explotaciones que se hacen en tierras de dominio particular, en las que debe pagarse 1/10, de las que se efectuaran en tierras del Señorío del Rey, en las que el derecho asciende a 2/10, es decir, al quinto, origen histórico del principio de regalía. Es decir hace 800 años se cobraban más regalías que ahora.

Existen países que cobran entre el 14% al 40% del bruto obtenido; claro también hay otros que cobran menos del 3% y hasta aquellos en donde no existen regalías lo cual demuestra que no somos los únicos en regalar nuestros recursos naturales.

Obsérvese que según el articulo 22 de la Ley 24.196, una provincia que quisiera aumentar las regalías mas del tres por ciento no podría hacerlo a pesar que el articulo 124 de la Constitución Nacional establece que corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales. De cualquier manera siempre le quedara a la provincia la posibilidad de des-adherirse a la ley de Inversiones mineras, aunque en ese caso la minera no tendrá ninguno de los beneficios otorgados por dicha ley.

Con respecto a lo que se entiende “boca de mina” el decreto 2686 reglamentario de la ley 24.196 establece que “Se entiende boca de mina a aquel que surge de las ventas o negocios jurídicos realizados por el contribuyente, o del precio del mercado nacional o internacional, el que fuera mayor, según que los mismos sean sobre el mineral en “boca de mina” o, en el caso de productos elaborados, sobre el precio en la primera etapa de comercialización, descontándose los costos agregados desde su extracción hasta la puesta en condiciones de venta en dicha etapa”. Es decir que, como se ha sostenido, en realidad nos quedamos con un 1,5% de nuestro oro, plata, cobre etc. cuando estos minerales pertenecen al dominio originario de nuestra provincia.

Imaginemos que el famoso y ponderado derecho de propiedad consagrado y defendido por la doctrina tradicional fuese reglamentado por el código civil de tal manera que el particular solo se quedase con el 1,5 de sus bienes. Claro la dogmática jurídica del Derecho minero (siempre funcional a este saqueo) insiste en el dominio “eminente” o “minero” y tratan de explicar al código minero y todo el paquete de leyes mineras sin siquiera cuestionarse aunque sea un poquito la razón o el fundamento de esas leyes.

4) EXENCIONES DE ARANCELES Y TASAS ADUANERAS

Art. 21 “Los inscriptos en el presente régimen estarán exentos del pago de los derechos a la importación y de todo otro derecho, impuesto especial, gravamen correlativo o tasa de estadística, con exclusión de las demás tasas retributivas de servicios, por la introducción de bienes de capital, equipos especiales o parte o elementos componentes de dichos bienes”(...)

Increíblemente las empresas mineras no pagan derechos de importación por las maquinarias y herramientas que adquieran para sus actividades. Las disposiciones de este artículo nos permiten afirmar que a través de esta ley se constituye el sector minero como un “sector franco”. Además es importante destacar que la mayoría de las maquinarias que utilizan no se fabrican en el país sino que se importa del exterior, ¡Linda forma de incentivar la producción local!

5) IMPUESTOS A LAS GANANCIAS

Art. 12 “Los sujetos acogidos al presente régimen de inversiones podrán deducir en el balance impositivo del impuesto a las ganancias, el ciento por ciento de los montos invertidos en gastos de prospección, exploración, estudios especiales, ensayos mineralurgicos, metalúrgicos, de planta de piloto, de investigación aplicada, y demás trabajos destinados a determinar la factibilidad técnico-económica de los mismos”.

Es decir los gastos incluidos en el artículo (realizados en la etapa de exploración) le son deducidos del impuesto a las ganancias, con lo cual no gastaron nada en la exploración.

CONCLUSIÓN

El tema ambiental es clave, sin embargo no es el único en cuestión. Estamos ante el saqueo más vergonzoso de los últimos años. Si uno analiza la legislación en materia minera advierte que la única manera de que se haya sancionado un paquete de leyes así es la coima.

Aun en el caso de que la minera no contaminara esto es escandaloso. Es cierto que ingresan varios millones a la provincia, es cierto que hay mas trabajo que años anteriores, pero eso no puede impedir que observemos el problema en su totalidad. Que diferencia hay entre los pueblos originarios que aceptaban espejitos y nosotros que somos comprados por algunos puestos de trabajo.

LA MINERÍA DEBE EXISTIR pero no puede hipotecar a nuestras generaciones, es necesaria una minería no contaminante. Por otro lado no podemos regalar nuestros recursos naturales.

Es necesario una reforma legislativa YA!!.

El conjunto de leyes mineras comienza con un código de minería sancionado en 1887, dicha norma divide a las sustancias en categorías reservando las más importantes como el oro y la plata “de primera categoría”. Esta clase de sustancias son de propiedad del Estado AL SOLO EFECTO DE ELEGIR A QUIEN SE LAS ENTREGARÁ PARA QUE ADQUIERAN EL DOMINIO POR CONCESION. El segundo grupo de leyes esta dado por varias normas entre las cuales se destaca la ley de inversiones mineras 24.196 dictada para atraer empresas extranjeras. Yo me pregunto ¿Por qué no eliminar los pocos tributos que pagan así atraemos más empresas? O mejor aun que la provincia se haga cargo de los sueldos de los empleados así atraeremos muchísimas mas.

Estas normas consagran tantos beneficios que permiten la extracción del oro y demás metales en forma casi gratuita. El gobierno se encarga de llevar el tema y acotarlo solo a una discusión MINERÍA SI - MINERÍA NO; o CONTAMINACIÓN SI -CONTAMINACIÓN NO. Sin embargo se hacen los distraídos con el tema impositivo; algunos tibiamente sugieren aumentar algunos puntitos las regalías pero “solo para los emprendimientos que vienen”

Por ultimo y para que quede bien claro SI A LA MINERIA y NO A LA MEGAMINERIA A CIELO ABIERTO CON LIXIVIACION DE CIANURO QUE SAQUEA MEDIANTE LEYES ESCANDALOSAS NUESTROS RECURSOS NATURALES.

Lea: http://psgchu.blogspot.com/2010/04/explotaciones-mineras-el-socialismo.html